Política sobre personas con discapacidad según la ADA
En el Título II de la ley para estadounidenses con discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), se establece, en parte, que “ningún programa, servicio o actividad patrocinado por una entidad pública podrá negarle a ninguna persona que de otra manera califique como persona con discapacidad, su participación o beneficios ni la discriminará únicamente por motivos de dicha discapacidad”. En TriMet, asumimos el compromiso de cumplir con los requisitos en virtud del Título II de ADA en todos nuestros programas, servicios, beneficios y actividades.
Presentar una queja ADA
Puede enviar una queja formal en virtud de la ADA al/a funcionario/a de la ADA de TriMet haciendo clic en el botón Formulario de quejas en virtud de la ADA y completando el formulario electrónico .
Envíe todas las quejas relacionadas con discriminación por discapacidad en la prestación o accesibilidad de los programas, servicios, beneficios o actividades de TriMet, o sobre una respuesta a una solicitud de adaptación o modificación de los programas, servicios, beneficios o actividades.
Puede presentar una queja informal en virtud de la ADA por teléfono llamando al Servicio al Cliente de TriMet al 503-238-7433, opción 5. El Servicio al Cliente puede resolver su queja, pero si no es así, es posible que presente una queja formal en virtud de la ADA al/a la oficial de la ADA de TriMet.
Debe presentar su queja formal en virtud de la ADA lo antes posible y, a más tardar, sesenta (60) días después de las acciones en las que se basa la queja. Como se indica en el formulario, se deben describir los hechos, incluyendo la fecha, hora y lugar de las acciones que son objeto de la queja, y debe indicar el recurso solicitado. La queja debe incluir su nombre, dirección, número de teléfono y una dirección de correo electrónico, si cuenta con ella.
En un plazo no mayor de quince (15) días hábiles posteriores a la recepción de la queja formal, el/la funcionario/a de cumplimiento de la ADA, o su delegado/a, se reunirá con la persona que presenta la queja para hablar al respecto, recopilar información adicional e identificar posibles soluciones. En un plazo no mayor de veintiún (21) días hábiles posteriores a la reunión, el/la funcionario/a de cumplimiento de la ADA o su delegado/a responderá a la queja por escrito u otro formato accesible. En su respuesta explicará las conclusiones de TriMet al respecto y, si corresponde, sugerirá opciones para resolver la queja.
Si no le satisface la respuesta del/de la funcionaria de la ADA o la resolución propuesta, quien presentó la queja puede solicitar que el director general de TriMet, o su delegado/a, revise la queja. Las solicitudes de revisión deben hacerse dentro de los quince (15) días hábiles a partir de la fecha de respuesta escrita del oficial de la ADA y deben enviarse por correo a:
Oficina del Gerente General de TriMet
A/A: ADA Grievance Review Request (Solicitud de revisión de quejas en virtud de ADA)
1800 SW 1st Ave., Suite 300
Portland, OR 97201
503-962-4955
A más tardar veintiún (21) días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de revisión, el director general o su delegado/a responderá a la queja por escrito u otro formato accesible, o se comunicará con el/la reclamante para obtener información adicional necesaria. Si es el caso, el director general o su delegado/a deberá proporcionar una respuesta a la queja dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la recepción de la información adicional.
TriMet conservará todas las quejas y solicitudes de revisión de quejas enviadas al/a la funcionario/a de la ADA, así como las respuestas correspondientes, durante al menos (5) cinco años.
Nota: si usted es empleado/a de TriMet y tiene alguna pregunta o inquietud sobre ADA dentro del entorno laboral, esto aplica en virtud del Título I de la ADA. Comuníquese con el director de servicios para empleados en RR. HH. de TriMet para obtener más información.
Solicitudes de modificación razonable en virtud de la ADA
Para solicitar una modificación, haga clic en el botón Formulario de solicitud de modificación razonable a continuación y complete el formulario electrónico rellenable .
TriMet asume el compromiso de proporcionar servicios seguros, confiables, corteses, accesibles y fáciles de usar a nuestros clientes. Para garantizar la igualdad y la equidad, haremos modificaciones razonables solicitadas a nuestras políticas, prácticas y procedimientos para evitar la discriminación y garantizar que los programas y servicios sean accesibles para las personas con discapacidades.
Siempre que sea posible, una solicitud de modificación a nuestro servicio debe hacerse con anticipación, antes de que se espere que TriMet brinde el servicio. Para obtener más información sobre las solicitudes de modificación razonables y para ver ejemplos de solicitudes de modificación razonables aceptables, consulte la Regla definitiva del Departamento del Transporte sobre el tema.
¿Preguntas?
Llame al 503-962-8208 o envíe un correo electrónico a adarm@trimet.org